Llegó el último mes del año y con él una fuerte actividad económica que se suscita con motivo de las festividades decembrinas, del buen ánimo que existe en la gente, que desea adquirir regalos para sus familiares y amigos, contribuyendo con ello de manera muy significativa a impulsar la actividad económica específicamente en lo que se refiere a la relación de consumo.

Es precisamente en esta relación, de consumo, donde debemos estar muy alertas para que las compras que realicemos no se vean afectadas por falta de información, o bien que ésta no sea efectiva o peor aún engañosa.

La información engañosa es aquella que nos lleva a la adquisición de un bien o servicio del que recibimos datos que no son veraces, cuando no son completos o peor aun cuando de manera dolosa se omiten para hacernos caer en un error y por lo tanto adquirir algo que de haberlo conocido íntegramente, tal vez no lo hubiésemos comprado. También esta mala práctica incluye mentir al cliente o consumidor, ofreciendo resultados que no son posibles de obtener, o poniendo en riesgo al usuario o beneficiario del bien o servicio de que se trate. Por lo general estos proveedores carecen de un sentido mínimo de ética en sus relaciones económicas.

Esa publicidad engañosa no es sólo práctica única de proveedores sin escrúpulos o de aquellos que establecen su esfuerzo de venta basado en la mentira, en el engaño, en la oferta de algo que nunca será. Ejemplos hay muchos y desgraciadamente pocas herramientas legales para combatirlos.

Lo hemos comentado en otros artículos que México es uno de los países con un terrible déficit en su legislación y en sus instituciones de protección a los consumidores. Para compararnos con países similares, basta poner como ejemplo a Colombia y a Brasil que tienen instituciones y normas jurídicas mucho más eficientes y adecuadas para tutelar el derecho de los consumidores a estar informados, incluso llegando a ser parte de su derecho constitucional o fundamental de estos países.

Vamos a poner un ejemplo de lo que la publicidad engañosa puede ocasionar en las vacaciones de fin de año de una familia que ha trabajado duro para que así suceda, y en donde con una gran ilusión se trasladan a un destino de playa, por citar algunos: Los Cabos, Puerto Vallarta o Cancún. Esta familia, digamos integrada por cuatro miembros, ha realizado un gran esfuerzo para poder darse ese merecido descanso de fin de año. Así, ya sea que se trasladen en autobús, automóvil o avión, desde su llegada a su destino turístico o incluso en ocasiones desde antes, ya están siendo objeto de un mecanismo de venta al que se le imprime una alta dosis de presión para el consumidor.

Efectivamente me refiero a la comercialización de lo que conocemos como tiempo compartido, que es uno de los sistemas que utiliza la información directamente mediante la intervención de profesionales de la mercadotecnia qué estructuran su discurso y táctica de venta dura con afirmaciones falsas u omisiones dolosas que en ocasiones rayan en lo fraudulento. El tiempo compartido es un servicio turístico de alojamiento por periodos de tiempo generalmente establecidos en una semana al año. No es una inversión, no transmite derechos de propiedad y no genera regalías producto de arrendamientos, sesiones o cualquier tipo de disposición de los bienes. Es un hospedaje sujeto a diversas modalidades, en las que no está incluida la financiera en beneficio del consumidor.

Siguiendo con nuestro ejemplo, esa familia llega con toda la ilusión de ese viaje al aeropuerto y a su salida lo primero que se encuentra es con un grupo de personas que están formadas, como en una fila, para tratar de darle una bienvenida argumentando o aduciendo la entrega de un regalo, de un beneficio o inclusive del transporte hacia su hotel. Qué bien se siente que a uno lo atiendan de esa forma, sin embargo esa amabilidad lleva en sí una intención oculta qué es invitar a esa familia, por lo menos a los padres, a que asistan a una presentación, a un desayuno gratuito que correrá por cuenta de un esplendoroso desarrollo turístico como pocas veces se ha visto en el mundo.

Cuidado, porque lo que no le están diciendo a los consumidores es que están siendo objeto de un mecanismo de venta con una presión increíble,  que hay más de un 90% de probabilidades que ese desayuno se convierta para esa familia en el más caro de su vida, porque seguramente saldrán con una membresía de tiempo compartido, muchas veces pagada a plazos y otras más sin la posibilidad económica de esa familia para hacerlo. Y también va a significar una gran preocupación en esos días que deberían ser de tranquilidad y descanso para esas personas que han trabajado duro para ello por 12 largos meses.

El engaño consiste en que casi ningún proveedor de tiempo compartido, aunque existen pocas excepciones, informan que su intención final es venderle un a “propiedad vacacional” como pomposamente le dicen y desde ahí el engaño cuan do de la propia definición legal de este servicio se prohíbe como única condición, la transmisión del dominio o propiedad del alojamiento.

Soluciones legales existen, pero en México deben tramitarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la compra y en otros países referimos nuevamente a Colombia el plazo es de 30 días. Vaya que hay diferencia, tanto legal como de asistencia al consumidor en estas 2 legislaciones. El argumento del legislador colombiano para establecer un plazo de 30 días es lo que se conoce técnicamente como derecho de retracto, consiste precisamente en que como el consumidor no tiene en ese momento de la compra la serenidad para pensar sí efectivamente le conviene este servicio, se le otorgan en ese País 30 días para que pueda decidir si lo conserva o lo cancela, aquí son 5 y con mecanismos mucho más complicados.

Sin embargo estás vicisitudes y problemas asociados a estas fechas, no deben empañar los buenos deseos, la convivencia familiar, el perdón y la unión entre los hombres que celebramos en muchos lugares por el nacimiento de Jesucristo, que debería seguir siendo la principal razón de estos festejos. Mientras tanto, bienvenido sea diciembre.

Por Carlos Román.

Por Editor

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