En esta Semana Santa, miles de familias llenarán los grandes destinos turísticos de playa que tiene nuestro País. El llamado turismo nacional, a veces no muy bien atendido por los prestadores de servicios, buscará llegar a nuestras hermosas playas: desde las del Caribe hasta las de Baja California Sur, pasando por el Pacifico Mexicano. Los vacacionistas encontrarán lugares únicos de una belleza inigualable. Muchos se preparan para vivir un viacrucis por las aglomeraciones propias de estas fechas y no precisamente en memoria de Jesucristo. Todo sea por la alegría y los buenos recuerdos que nos dejan las vacaciones.
Pero hay veces que no todo es risa en vacaciones. Hace algunos años, el Gobierno de Colombia nos contrató con el fin de realizar un proyecto de ley para mejorar la regulación del sistema de tiempo compartido en ese País. Vale aclarar, que México es la segunda potencia mundial en esa materia. Sucedió así: La primera autoridad de turismo en Colombia es el Viceministro de Turismo. En ese tiempo (2017) ese cargo era desempeñado por una mujer, que además de ser una alta funcionaria, era también madre de familia. En una reunión para evaluar el avance del trabajo encomendado, ella refiere que en unas vacaciones, fue abordada por los promotores de tiempo compartido, OPC, (por cierto muchos de ellos importados de nuestras playas, con todas sus mañas y malas artes para embaucar turistas), quienes después de invitarla a un desayuno, tuvo que soportar una desagradable experiencia al ser, prácticamente obligada a comprar una membrecía vacacional. Después de salir del desayuno con un servicio que no necesitaba, y varios miles de dólares cargaos a su tarjeta de crédito, se dedicó a pasar el resto de las vacaciones con su familia. Al regresar, 10 días después a su trabajo, quiso cancelar su tiempo compartido, pero se dio cuenta que el plazo para hacerlo había terminado. Muy molesta por lo que consideró una venta coaccionada, logró modificar el plazo del llamado derecho de retracto, que es aquel que tiene quien compra un tiempo compartido para poder cancelarlo sin penalización. Al ser tan corto ese plazo en la ley anterior, se dio cuenta que esos días en verdad no eran suficientes para poder establecer la verdadera voluntad del consumidor. En Colombia, país que cuenta con una avanzada legislación de protección al consumidor, y después de los “buenos oficios” de la Viceministro, se estableció un plazo de 30 días para poder cancelar una venta de tiempo compartido.
Qué lástima que en nuestro país, ningún alto funcionario de turismo haya tenido que soportar las agotadoras presentaciones de venta de estos servicios. De ser así, tal vez el plazo para cancelar un contrato no sería de cinco días hábiles, como lo es en la actualidad, sino ya de perdida de catorce, como en España. La NOM que regula los tiempos compartidos en México, ha sido hecha en su gran mayoría por los desarrolladores y promotores de este servicio, que como es lógico pensar, jamás aceptarían un plazo mayor al de cinco días para poder cancelar este tipo de servicios.
Por eso, les recomiendo en sus próximas vacaciones que si van a la playa y les invitan un desayuno, un viaje en barco o cualquier cosa que ustedes no pidan, lo más seguro es que se trate de un OPC haciendo de las suyas. Si aceptan la invitación, pasarán unas horas en las que serán sometidos a una enorme presión; más del 90% saldrán de esas “presentaciones” con un contrato de miles de dólares, que tal vez no pensaron adquirir. Recuerden, tienen solo cinco días hábiles para formalizar la cancelación. Ahora se puede hacer por correo electrónico. La Profeco, si bien no ayuda, a veces no estorba.
Disfruten los maravillosos lugares que nuestro país nos ofrece y cuidado con las invitaciones sin costo. Tengan presente que nada es gratis.
Por cierto, y agradeciendo su comprensión, esta columna se volverá a publicar el lunes 8 de abril próximo.